Los Consulados de Mar (I)

Hoy vamos a tratar un tema que da lugar a varias entradas dentro del blog. Nos referimos a los consulados del mar, una de las instituciones más importantes de la historia del Derecho marítimo. Ahora realizaremos un pequeño acercamiento a su origen y estructura. Así como una breve reseña sobre los cónsules: su elección, toma de posesión e inmunidad.

En 1283, Pedro III el Grande de Aragón se encontraba inmerso en una guerra contra el rey de Francia, derivada de la excomunión del rey aragonés por parte del Papa Martín IV y la posterior donación de la corona de Aragón a Carlos de Valois, hijo del rey de Francia -Felipe III-. Es, ante esta situación y la llamada a las armas por parte del rey, cuando una serie de nobles y milicias ciudadanas plantean al monarca un listado de exigencias a cumplir por el mismo para la intervención de los mismos en el combate. Entre estas peticiones se encontraban el mantenimiento de privilegios y un aumento de la presencia de la nobleza aragonesa en la Corte Real. Ante tan delicada situación, el rey decide ceder y concede el «privilegio general» en las Cortes de Aragón de 1283.

Pedro III de Aragon en pintura de Filippo Ariosto. Extraída de: Puebla de Castro
Pedro III de Aragon en pintura de Filippo Ariosto. Extraída de: Puebla de Castro

En este momento es cuando la ciudad de Valencia solicita la creación de un Consulado de Mar, con jurisdicción autónoma capaz de dirimir los enfrentamientos entre comerciantes. Es por tanto el día 1 de diciembre de 1283 cuando se erige el primer Consulado del Mar, como tal, en la ciudad de Valencia.

Este Consulado de Mar es una institución jurídico-mercantil formada por dos cónsules elegidos de forma anual (en Navidad) por los prohombres de la ciudad (personas ilustres y respetadas de la ciudad), de entre los «entendidos en los usos del mar». Estos se convertían en una suerte de jueces o árbitros, con jurisdicción real delegada y competencia para dirimir todos los pleitos que nacieran entre comerciantes y hombres de mar en general.

La ordenanza de Pedro III, por la que se crea esta institución en Valencia, hace referencia expresa a que los cónsules, para resolver los casos que se le planteen, deberán aplicar los usos y costumbres de la ciudad de Barcelona, lo que no deja de ser curioso ya que los ya llamados cónsules de Barcelona carecían de la jurisdicción real autónoma que se otorgaba a los cónsules Valencianos.

Será posteriormente, ya en el siglo XIV, cuando la estructura de este consulado valenciano se exporte al resto de ciudades importantes dentro de la Corona de Aragón y se implante en los nuevos consulados. Posteriormente alrededor de estos cónsules se va creando un complejo aparataje jurídico formado por consejos consultivos compuestos por mercaderes, así como la creación de juez de apelación que revisara las causas en segunda instancia.

LLotja de mar de Barcelona, sede del Consulado de Mar. Extraída de: Pobles de Catalunya
LLotja de mar de Barcelona, sede del Consulado de Mar.
Extraída de: Pobles de Catalunya

Tras el de Valencia se crearon Consulados de Mar en Mallorca en 1326, en Barcelona en 1347, en Tortosa en 1363, en Gerona en 1385, en 1387 en Perpiñan, en 1443 en San Feliu de Guixols y en 1785 en Alicante. Este sistema consular fue también adoptado por algunas instituciones de la corona de Castilla, como el consulado de mercaderes de Sevilla o incluso se fundaron en varias ciudades como San Sebastián o Málaga. Pero esta expansión no se limitó a las coronas ibéricas, sino que también se expandió por otras ciudades del Mediterráneo, como Marsella o Niza.

Consulado de Mar de Mallorca. Extraída de: Baleareslive
Consulado de Mar de Mallorca.
Extraída de: Baleareslive

De hecho, actualmente el Consulado de Mar de Barcelona sigue existiendo. Se trata de un órgano de resolución de conflicto dependiente de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Barcelona.

Consulado del mar de Burgos. Extraída de: Wikiburgos
Consulado del mar de Burgos.
Extraída de: Wikiburgos

El tribunal del consulado del mar de Valencia se organizaba en torno a la figura del cónsul, una figura elegida entre los hòmes de la art de la mar (esto es dedicados a las artes marítimas) y dentro de estos en concreto a los pròmens de la ciudad, hombres selectos que probablemente formaban un comité encargado de la organización del tribunal. Este organismo nació para «zanjar los términos de contratos y disputas entre marinos y comerciantes», pero desde un inicio se excluía a los comerciantes de loa organización del mismo, ya que como se ha dicho solo podían ser elegidos cónsules aquellas personas dedicadas a las artes del mar. Pero es a partir de 1358 cuando la peste y la guerra habían mermado considerablemente el número de esto hombres de mar en la ciudad, hasta el punto de no poder hacerse cargo de todas las tareas del tribunal, cuando se admite que los comerciantes puedan formar parte del mismo. En el consulado de Bilbao por su parte, cada uno de estos grupos (hombres de mar y comerciantes) elegían 2 candidatos para el puesto de fiel y 4 para diputados, de entre todos estos se elegía por votación a 2 fieles y 4 diputados, y de entre estos por suertes se designaba al fiel y los dos diputados.

En Valencia los cónsules tenían la misión de zanjar disputas conforme a los usos y costumbres del mar. Pero la principal especialidad respecto de las jurisdicciones ordinarias radica en que estos debían decidir de forma breve, sumaria y sin la pompa o formalismo de un juicio, atendiendo únicamente a la verdad de los hechos. Los cónsules al resultar elegidos, debían de realizar juramento donde se comprometían a «comportarse correcta y honestamente en el ejercicio de su cargo» y a hacer » justicia por igual tanto a los ricos como a los pobres y a los pobres como a los ricos guardando fidelidad y lealtad a nuestro señor y rey».

Estos cónsules tenía una consideración igual en rango a los jueces reales y solían estar exentos de arrestos y ciertas acciones civiles mediante salvoconductos.

Por Andrés García Espadas.


Bibliografía:

Blog de Jose Mari Gorordo

SMITH, Robert Sidney. Historia de los Consulados de Mar (1250-1700) Barcelona: Ediciones Peninsula, 1978

Consolat de mar

Cervantes Virtual

CHINER GIMENO, J.J., GALIANA CHACÓN, J.P., Del Consolat de mar al libro llamado consulado de mar: una aproximación historica, en libro llamado Consulado de mar (Valencia,1539). Edición y estudio de Jaime J. Chiner Gimeno y Juan P. Galiana Chacón. Valencia: Camara oficial de comercio, industria y navegación de Valencia, 2003, pp.7-42

 

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